Derecho de admisión en la hostelería: Normas, derechos y límites

Gestionar un negocio de hostelería es más que cocinar y atender a los clientes. Requiere entender conceptos clave como el derecho de admisión y su normativa para aplicarlo correctamente. Por eso en Makro te asesoramos para que tu negocio tenga el éxito que necesitas. En nuestra web podrás encontrar numerosos consejos sobre cómo manejar los aspectos legales, contables o administrativos, como por ejemplo el derecho de admisión. Pero, ¿qué significa realmente este término?, ¿cuál es la normativa de admisión en hostelería y cómo se aplica en restaurantes?

Derecho de admisión en hostelería
Derecho de admisión

¿Qué es el derecho de admisión en bares y restaurantes?

El derecho de admisión es una atribución legal que permite a los propietarios gestionar el acceso de clientes de acuerdo con la normativa de derecho de admisión en hostelería. El propósito de este derecho es impedir el acceso al local a determinado tipo de público o la permanencia en este después de un cierto tiempo.

El derecho de admisión no significa la prohibición de dejar entrar a nuestro local a ciertas personas amparándonos en un criterio arbitrario; debe estar justificado por razones objetivas, como ser menor de edad en el caso de locales nocturnos.

¿Cuándo puedo prohibir la entrada?

¿Cuándo se puede aplicar el derecho de admisión en la hostelería?

Derecho de admisión, prohibir entrada

Prohibir la entrada o aplicar el derecho de admisión en un negocio hostelero requiere motivos claros y objetivos, como un aforo completo o comportamiento inapropiado. Algunas de las razones más comunes por las que se puede restringir el acceso a un cliente a un local son:

  • Aforo completo.
  • Horario de cierre.
  • En el caso de los espectáculos, si estos ya han comenzado, se puede restringir el acceso por este motivo.
  • Que el posible cliente porte armas u objetos con lo que pueda agredir a alguna persona.
  • Evidente estado de embriaguez o drogadicción.
  • Que la persona cometa algún tipo de delito.
  • En el caso de ciertos tipos de bares y discotecas, se puede ejercer el derecho de admisión con aquellas personas que sean menores de edad.


  • La aplicación del derecho de admisión en bares y restaurantes también estaría justificada si el comportamiento de un cliente impide el desarrollo de un espectáculo (como ponerse a gritar en medio de la presentación de un libro de cocina) o afecta de forma grave al resto de comensales (tirar al suelo y romper la vajilla de las mesas o agredir a un cliente).

Límites legales del derecho de admisión

Como en todo, en el derecho de admisión también existen límites, ya que el propietario del local no puede utilizarlo a su antojo. No se podría considerar un derecho restringir la entrada a personas en estos casos:

  • Enfermedad (acaso que esta sea contagiosa y pueda afectar a otras personas.
  • Discapacidad física o intelectual.
  • Afinidad política.
  • Sentimientos religiosos determinados.
  • Por una orientación sexual determinada.
  • Por raza.
  • Nivel socioeconómico.
     

De este modo, los límites legales del derecho de admisión están relacionados con evitar restricciones arbitrarias. Además, es importante ofrecer recursos como hojas de reclamaciones en caso de discrepancias. 

En el caso de la vestimenta, la legislación no es tan clara. Algunos propietarios pueden restringir la entrada a sus locales si la ropa no es adecuada. En este caso, se debería advertir, más que el rechazo a la entrada de determinado cliente, cuáles son los requisitos para acceder al local.

Sigue siempre las normas

Normativa y leyes del derecho de admisión en la hostelería

Normativa vigente del derecho de admisión

La base del derecho de admisión en hostelería se ampara en el artículo 14 de la Constitución Española: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

Por lo tanto, para que esté reservado el derecho de admisión tienen que existir razones objetivas, de peso, ya que no se puede negar a nadie el acceso al local sin ningún motivo concreto o por razones subjetivas. El rechazo a que un determinado cliente entre en un local debe tener un razonamiento que pueda afectar al desarrollo de la actividad dentro del local o a que dicha persona pueda vulnerar algún tipo de normativa vigente. Además debe existir una igualdad. Es decir, si en un restaurante no se permite entrar con zapatillas, debe imperar la norma igualmente para toda la clientela, no se puede distinguir entre clientes asiduos o clientes de determinada fama.

En cualquier caso, son las comunidades autónomas las que tienen la competencia del derecho de admisión ya que se engloba dentro de la regulación en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, la cual está transferida. De este modo, cada región cuenta con un decreto específico en el que se recoge la regulación del derecho de admisión en hostelería. Así, entre la normativa de derecho de admisión estaría:

Andalucía: Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Cataluña: Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas.

Comunidad ValencianaLey 6/2018, de 12 de marzo, de modificación de la Ley 14/2010, de 2 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, por la que se regula el derecho, la reserva y el servicio de admisión en los establecimientos públicos.

¿Qué puedo hacer?

Obligaciones y derechos del propietario en el derecho de admisión

Derechos y deberes del propietario

Uno de los deberes que tiene el propietario de un local hostelero a la hora de acogerse al derecho de admisión es la información. Para limitar el acceso a un negocio es necesario colocar, en un lugar visible de la entrada de este, un cartel con las condiciones y limitaciones de la entrada al local. También se deben poner flyers o carteles en otros lugares del establecimiento y tenerlos a disposición del cliente.

Además de los recogidos en la ley vigente, el propietario del local puede incluir unos derechos de admisión concretos. Pero para aplicarlos, tiene la obligación de solicitar autorización a la administración correspondiente de su comunidad autónoma. Puede hacerlo en la Oficina Municipal de Atención al Ciudadano donde deberá presentar el impreso de solicitud suscrito por el titular de la actividad y esperar a una resolución por parte de la administración.

​La legislación también contempla derechos para los propietarios de bares y restaurantes, de modo que puede impedir la entrada a su local (o expulsarlo del mismo) en caso de incumplir las normas establecidas (como impedir que acceda en estado de embriaguez o con armas).

¿Qué pueden hacer mis clientes?

Derechos del consumidor frente al derecho de admisión

Derechos y deberes del consumidor

¿Qué establecimientos tienen derecho de admisión?

Pero no solo el propietario tiene derechos y deberes. El consumidor también cuenta con sus propias obligaciones:

  • El cliente no deberá alterar la convivencia en el acceso al local, incluso cuando el propietario le pueda negar la entrada por un estado alterado o de embriaguez.
  • Una vez dentro del local, por idénticas razones, no puede alterar el orden. Si lo hace, el propietario tiene el derecho de echarlo de sus instalaciones.
  • El usuario no debe llevar comida o bebida del exterior acaso que el propietario se lo permita.
  • Igualmente, no podrá utilizar el baño si no entra como cliente al establecimiento, a no ser que el responsable consienta lo contrario.
  • El consumidor tiene la obligación de realizar el pago de lo consumido previa presentación de la factura desglosada de precios. Incluso en el caso de que, por algún motivo, interponga una hoja de reclamación, deberá también pagar aquello que haya consumido. 

Los derechos del consumidor en hostelería son los siguientes:

  • Como explicamos anteriormente, el cliente tiene derecho a conocer las normas del derecho de admisión; por eso deben estar en un lugar visible tanto a la entrada como en el interior del local. Si cumple lo establecido podrá entrar en el local sin problema alguno.
  • Los derechos del consumidor en restaurantes abarcan conocer los precios, si incluyen IVA, y la posibilidad de exigir una factura detallada.
  • Tiene derecho a que, a la hora del pago, reciba un ticket simple que incluya detalladamente los productos consumidos y el precio de estos y una factura en el caso de que la reclame.
  • En el caso de que el cliente no esté satisfecho con los servicios llevados a cabo por el negocio, le ampara el derecho a recibir una hoja de reclamación que deberá cumplimentar en el momento y deberá ser sellada y firmada también por el propietario o en su caso por los trabajadores del local.

El derecho de admisión en hostelería requiere, como hemos visto, tener en cuenta una serie de cuestiones para aplicar con medida y ponderación. Si necesitas ayuda, recuerda que en Makro te asesoraremos en todas tus consultas y te acompañamos en el proceso.

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Entre los establecimientos que pueden optar por el reservado de derecho de admisión estarían todos aquellos abiertos al público. En el caso de la hostelería, los tipos de locales con derecho de admisión serían:

  • Cafeterías, bares, restaurantes y similares.
  • Discotecas y pubs.
  • Salas de conciertos.
  • Hoteles, casas rurales, albergues y similares.
  • Locales de ocio, como boleras, cines o karaokes.

Reclamaciones por vulneración del derecho de admisión

El derecho de admisión puede verse vulnerado en caso de:

  • En España, existe el derecho de admisión en los bares para garantizar la convivencia y seguridad en estos espacios públicos, pero este no puede aplicarse de manera discriminatoria.
  • Impedir entrar por una razón arbitraria no justificada (aforo completo, estado de embriaguez, menores de edad…).
  • Si el requisito que se alega para entrar en local no está recogido en el cartel en el que se detallan las condiciones y limitaciones del establecimiento (por ejemplo, acceder con calzado deportivo).
  • Si el documento con los requisitos no está sellado por la administración correspondiente. Además, deberá estar colocado de forma bien visible en la entrada del local.

En caso de vulneración, como un rechazo injustificado, puedes interponer una hoja de reclamaciones. También es importante verificar si las normas de acceso estaban claramente indicadas en el cartel de derecho de admisión. Si una persona o grupo considera que se está vulnerando su derecho a admisión en un bar, pub o restaurante debe saber cómo actuar y seguir los siguiente pasos:

  • Pedir la hoja de reclamaciones en el propio establecimiento.
  • Presentar dicha reclamación en la Oficina de Atención al Consumidor. También es posible tramitar una denuncia directamente en este organismo.
  • Requerir la presencia de la policía local o nacional (esta opción se reserva para los casos más graves y, de hecho, las denuncias por vulneración del derecho de admisión no son frecuentes).
¿Puedo prohibir la entrada a mi negocio? Sí, siempre que se cumplan los requisitos legales y las normas estén claramente visibles, como en el cartel de derecho de admisión hostelería.

FAQs

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